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Italia

Violencia contra las mujeres: la hipocresía de los Decretos Ley

septiembre 14, 2023

Mientras el Consejo de Ministros del gobierno Meloni aprueba el Decreto Caivano, que acentúa las medidas represivas contra los jóvenes y las familias pobres, muchas asociaciones de mujeres informan que hasta la fecha no se han tomado medidas serias para combatir la violencia de género. Publicamos aquí un artículo escrito para la edición del verano de Progetto Comunista que analiza el reciente Decreto relativo a la violencia contra las mujeres (la redacción de la web).

Por: Laura Sguazzabia

El último informe publicado por el Departamento de Seguridad Pública hizo un balance de la situación de los homicidios en Italia al 28 de mayo: del 1 de enero al 28 de mayo de este año, se incluyen en el cálculo 45 feminicidios, de los cuales 37 se produjeron en el ámbito familiar o afectivo. Según subraya la asociación Mujeres en Red Contra la Violencia (DiRe), se sigue registrando un feminicidio cada 2 días. Tanto es así que pocos días después de la publicación del informe fue necesario actualizar el número de víctimas con las trágicas muertes de Giulia Tramontano y Pierpaola Romano. En medio de la tormenta mediática y de la ola emotiva generada por estos dos últimos feminicidios, el pasado 7 de junio el Consejo de Ministros, a propuesta de la ministro de la Familia, la Natalidad y la Igualdad de Oportunidades, Roccella, del ministro del Interior, Piantedosi, y del ministro de Justicia, Nordio, aprobó un proyecto de ley destinado a «introducir disposiciones para combatir la violencia de género contra las mujeres y contra la violencia doméstica».

Lo que dice (y lo que no dice) el Decreto Ley (DDL)

Según informa el sitio web ministerial, «el objetivo de la intervención es fortalecer la protección de la víctima aumentando la atención hacia los “delitos de espionaje” y endureciendo las medidas de protección preventiva». En cuanto a la persecución del delito, la disposición establece plazos estrictos para la adopción de medidas cautelares, como el uso más riguroso del brazalete electrónico, y también prevé la detención en «flagrancia diferida», es decir, basada en la adquisición documentación video-fotográfica o que derive de aplicaciones informáticas o telemáticas. Además, el proyecto de ley favorece la especialización de los magistrados que conocen de este delito y prevé la obligación de «circulares de información» para que se adopten las medidas adecuadas para proteger a las víctimas en caso de extinción, ineficacia,revocación o sustitución en melius de medidas cautelares coercitivas para los autores de violencia. Establece la superación de vías de recuperación con resultado favorable constatado por el juez para acceder a la suspensión condicional de la pena. Finalmente, se introduce una cuantía provisional de indemnización (antes de que se dicte la condena) a favor de la víctima o, en caso de fallecimiento, de quienes tengan derecho a ella, en condiciones de necesidad». Sin embargo, los 15 artículos que componen el texto retoman en esencia lo ya contenido en el Código Rojo de 2019, no constituyendo más que una integración.
El proyecto de ley (DDL), acogido con mayor o menor entusiasmo por la comunidad política, fue criticado tanto por su método (poca o nula participación en las distintas fases del proceso de elaboración) como por el mérito por la red nacional contra la violencia DiRe. En particular, la organización destaca el carácter sistémico de la violencia contra las mujeres, que requeriría intervenciones que van más allá del ámbito legislativo. Por ejemplo, sería fundamental proporcionar recursos económicos a las asociaciones que se ocupan de las víctimas en su camino para escapar de la violencia: los centros antiviolencia se quejan desde hace tiempo de la falta de fondos, bloqueados y sin un plan de distribución, útil para mantener la continuidad de las intervenciones y no dejar a las mujeres solas. O la asignación de fondos que nos permitan trabajar de manera continua en actividades de prevención: cabe señalar que la violencia contra las mujeres a menudo no es reconocida principalmente por los operadores de la justicia, como bien lo representa la absolución del trabajador escolar acusado de violencia sexual por una estudiante que dijo que había sido manoseada por el hombre en la escuela. Los jueces consideraron que «el hecho no constituye delito», ya que, además de la conducta objetiva del conserje, no existió intención subjetiva de cometer violencia; en síntesis, el Tribunal aceptó la tesis de la defensa según la cual el acto podría considerarse una broma, aunque «inoportuna en el contexto en el que se llevó a cabo, por la naturaleza del lugar y las relaciones entre alumno y auxiliar».

En lo que respecta a los fondos, el texto todavía incluye, como en 2019, la expresión «invariancia financiera», es decir, sin créditos adicionales que puedan justificar cambios significativos.

¿Emergencia o problema estructural?

Para intentar responder, citamos las palabras de Susanna Zaccaria, presidenta de la Casa de las Mujeres de Bologna, quien en sus declaraciones subraya la falta de una visión global del problema, subrayando la problemática de una actitud de carácter emergencial y de no estructural con respecto a la cuestión de la violencia contra las mujeres: «No me sorprende que un gobierno de derecha vea el enfoque sólo en términos represivos. En cambio, sabemos muy bien que la violencia de género debe abordarse de forma orgánica, intentando combatir todo aquello que en la sociedad conduce a la violencia contra las mujeres. No me parece que exista un enfoque a los derechos para proteger a las mujeres […] la violencia contra las mujeres no puede considerarse como algo distinto de su libertad de elección: tal libertad se ve amenazada por el movimiento antiaborto y por la obligación, aún vigente, de compartir la custodia de los hijos con maridos violentos.
También nosotras estamos convencidas, y lo venimos diciendo desde hace tiempo, que la ola de violencia que golpea el universo femenino mundial no es resultado de una emergencia, sino la consecuencia de decisiones precisas tomadas por un sistema en crisis, el capitalista, que busca autoconservarse utilizando el chovinismo, la xenofobia, el racismo para explotar, oprimir y discriminar en general a los más débiles de la sociedad, en este caso las mujeres. En particular, dentro de la familia, célula fundamental de la sociedad capitalista, la crisis económica que atraviesa el capitalismo se derrama y en mayor medida sobre las mujeres por el papel fundamental que desempeñan.
Como ya había destacado Engels hace más de un siglo, en la familia moderna se realiza la esclavitud de la mujer y se reproducen las dinámicas sociales de choque entre clases, donde la mujer encarna al proletariado y el hombre, más dotado de poder económico, desempeña el papel del burgués, incluso dominando físicamente a la mujer. Por tanto, no es casualidad que la mayoría de los episodios de violencia atañan al contexto familiar y tengan su origen en las condiciones de penuria en que se encuentra la mayoría de las familias italianas. Las condiciones de miseria y de pobreza son el terreno ideal para que se exacerbe la violencia familiar y el maltrato hacia las mujeres.

Un programa de clase

La lucha contra la violencia machista no pasa por las leyes de los gobiernos burgueses, sino por un programa claro que debe ser llevado adelante y defendido por toda la clase proletaria y sus organizaciones.
Guarderías y jardines de infancia, escuelas abiertas a tiempo completo, hospitales públicos que funcionen y no requieran que las familias contribuyan materialmente para la asistencia, lavanderías y comedores públicos son condiciones indispensables para liberar a las mujeres de la carga del trabajo doméstico que las oprime y que deben conciliar con el trabajo fuera de casa.
Igual remuneración para iguales tareas, una correcta ubicación laboral sin precariedad y flexibilidad, protección de la maternidad, educación pública y gratuita de masa según las inclinaciones reales de cada una son condiciones indispensables para garantizar a las mujeres la autonomía y la independencia económicas y permitirles una participación real en la vida política, sindical y cultural. El acceso a los servicios públicos y de asesoramiento, la posibilidad de decidir sobre la propia sexualidad y la capacidad reproductiva son condiciones indispensables para garantizar a las mujeres su autodeterminación.

Artículo publicado en www.partitodialternativacomunista.org, 9/9/2023.-

Traducción: Natalia Estrada.

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